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CARENCIA DE CAPITAL

    Algunas entidades financieras ofrecen préstamos hipotecarios que incluyen un periodo de carencia de capital. Por lo general el tiempo de duración oscila entre 1-3 años.

    Durante este tiempo, el prestatario, solo tendrá que hacer frente al pago de intereses sin amortizar la parte correspondiente al capital.

    Se suele practicar mucho por ejemplo en el caso de préstamos para autoconstrucción o promotores en los que el deudor, no puede disfrutar de la vivienda hasta que finalice su construcción por lo que prefiere  no tener que pagar la cuota íntegra hasta que llegue este momento.

    La carencia no es un afiliar exclusiva de las hipotecas, también existen otras operaciones que pueden incluirla.